La medida establece tarifas para los prestadores de servicio públicos y privados con vehículos destinados y acondicionados para transportar contenedores y alimentos e insumos en tanques de granel, conforme a la normativa legal aplicable, incluyendo graneleros a nivel de puerto y sitios de grano seco.
Caracas.- Los ministerios de Transporte Terrestre, de Alimentación y de Comercio emitieron una resolución conjunta, a través de la cual se regulan las tarifas o fletes de carga del transporte terrestre de bienes de primera necesidad o estratégicos, según señala la Gaceta Oficial número 40.623 que circula hoy.
La medida establece tarifas para los prestadores de servicio públicos y privados con vehículos destinados y acondicionados para transportar contenedores y alimentos e insumos en tanques de granel, conforme a la normativa legal aplicable, incluyendo graneleros a nivel de puerto y sitios de grano seco.
Indica la normativa que se entiende por tarifa o flete, "el precio máximo que ha de pagarse por el servicio de transporte terrestre de carga autorizado por los organismos o entes públicos competentes". Y se especifica que las tarifas en el caso de contenedores de carga están organizadas por kilómetros recorridos y van desde 12.225,76 bolívares para el rango entre 0 y 5 kilómetros, hasta 108.467,19 bolívares para el rango entre 1.191 y 1.200 kilómetros.
Mientras que para los graneleros las tarifas van desde 972,18 bolívares por tonelada métrica para el rango entre 0 y 20 kilómetros hasta 4.722,94 bolívares para el rango entre 781 y 800 kilómetros.
La resolución advierte que entra en vigencia hoy y la misma está sujeta a revisión y ajustes semestrales, dentro de la Mesa integrada por el Ejecutivo, las cámaras y asociaciones representativas del sector transporte.
Fuente: EL UNIVERSAL, jueves 19 de marzo de 2015
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